
En Colombia, la transición hacia energías renovables no es solo un tema ambiental, es una estrategia financiera inteligente. Gracias a la Ley 1715 de 2014, el gobierno nacional incentiva a las empresas que invierten en energía solar, permitiéndoles recuperar gran parte de la inversión a través de alivios fiscales.
En Girardot Tecnosolar no solo instalamos sus paneles; diseñamos el proyecto cumpliendo la normativa técnica para que usted pueda acceder a estos 4 grandes beneficios:
1. Deducción del 50% en el Impuesto de Renta
Este es el beneficio más potente. Usted puede deducir el 50% del valor total de la inversión de su renta líquida gravable.
- ¿Cómo funciona? Tiene un periodo de hasta 15 años para aplicar esta deducción.
- El Resultado: Su empresa pagará menos impuestos a la DIAN año tras año hasta recuperar ese porcentaje de la inversión.
2. Exclusión de IVA (Ahorro inmediato del 19%)
La compra de paneles solares, inversores y controladores de carga para sistemas de energía solar está excluida del IVA.
- Al cotizar con nosotros, su proyecto ya es un 19% más económico comparado con cualquier otra compra de infraestructura convencional.
3. Depreciación Acelerada de Activos
Normalmente, un activo se deprecia en 10 o 20 años. Con la Ley 1715, usted puede depreciar su sistema solar hasta en un 20% anual.
- Esto le permite recuperar la inversión en libros mucho más rápido y mejorar el flujo de caja de la compañía en los primeros años del proyecto.
4. Exención de Aranceles
Si su proyecto requiere equipos especiales que deban ser importados y no se fabriquen en el país, estos estarán exentos del pago de aranceles de importación (Sujeto a certificación UPME).
¿Necesita ayuda con el trámite?
Para acceder a algunos de estos beneficios (especialmente Renta y Depreciación), el proyecto debe estar técnicamente sustentado. En Girardot Tecnosolar le entregamos la documentación técnica necesaria y le orientamos para que su contador pueda aplicar estos incentivos correctamente.
